El Real Decreto 56/2016 tiene como objetivo la promoción de las energías renovables. Para ello, establece que aquellas empresas que cumplan alguno de los siguientes requisitos tienen la obligatoriedad de realizar una auditoría energética:

    Empresas con un mínimo de 250 empleados

    Empresas con un volumen de negocio mayor a 50 millones de euros y, a su vez, un balance general superior a 43 millones de euros.

    Grupos de sociedades con la condición de gran empresa

    Las pymes y microempresas quedan excluidas, de acuerdo al RD 56/2016, de la obligatoriedad de realización de auditorías energéticas, aunque son recomendables.

    Requisitos de las auditorías energéticas

    El Real Decreto 56/2016 establece una serie de requisitos a la hora de llevar a cabo las auditorías energéticas. Estos estudios deberán cumplir con las siguientes pautas:

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    Realizar la auditoría cada 4 años y cubrir, mínimo, el 85% del consumo total de energía de la empresa

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    Deberán ser realizadas por auditores cualificados

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    Los datos deberán ser medidos, actualizados y verificables

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    Se basarán en el análisis del coste del ciclo de vida

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    Las evaluaciones deberán ofrecer una imagen fiable del rendimiento energético

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    Se llevará a cabo el examen del consumo energético de instalaciones, edificios, operaciones y flotas de vehículos

    Sanciones por no realizar auditorías energéticas obligatorias

    La no realización de la auditoría energética o el incumplimiento de los requisitos establecidos por la ley puede acarrear a la empresa infracciones tipificadas en el Real Decreto Ley 4/2018, de 15 de octubre.

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    Infracciones leves

    La no comunicación de realización de la auditoría o cualquier incumplimiento que no constituya una infracción grave o muy grave conlleva una multa de 300 a 1.000 euros.

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    Infracciones graves

    El incumplimiento de los requisitos exigidos o la no instalación de contadores de consumo o soluciones alternativas implican multas de 1.001 a 10.000 euros.

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    Infracciones muy graves

    La no realización de la auditoría, la aportación de documentación falsa o el incumplimiento del seguro de responsabilidad civil suponen una multa de 10.001 a 60.000 euros.

    En Gese, todos nuestros auditores están homologados con el certificado EVO. Realizamos una inspección de tu empresa para poder analizar los puntos de mayor consumo energético. Además, garantizamos que el coste de la auditoría siempre será menor que el ahorro obtenido.

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