En 2016 se aprobó en España el RD 56/2016, es un decreto cuyo objetivo es “impulsar el ahorro y la eficiencia energética” y que establece la obligatoriedad de renovar las auditorías energéticas cada cuatro años. Dado que este año 2020 habría que realizar la renovación de estas evaluaciones energéticas, existen ciertas dudas a la hora de cómo proceder y de si hay algún requisito que cumplir para superar las evaluaciones.

EMPRESAS OBLIGADAS A REALIZAR LA RENOVACIÓN DE LA AUDITORÍA ENERGÉTICA

De acuerdo con el Real Decreto, están obligadas a realizar la renovación aquellas empresas con más de 250 trabajadores o, en caso de no cumplir este primer requisitos, las que tengan un volumen de facturación de 50 millones de euros y, a su vez, un balance general de 43 millones de euros.

La auditoría energética debe analizar al menos el 85% del consumo total de energía de la empresa y examinar qué puntos o actividades de la empresa son las que más energía consumen, para después establecer un plan de ahorro energético. La auditoría deberá reflejar, por un lado, datos actualizados del consumo de energía actual y, por otro, un análisis detallado del perfil de este consumo.

Una vez realizado el estudio, la empresa dispone de un plazo máximo de 3 meses para presentarlo en la administración correspondiente.

Las organizaciones podrán justificar el cumplimiento del Decreto mediante la implantación de un sistema de gestión ISO 50001, siempre que el sistema cumpla con los requisitos establecidos en el RD 56/2016.

En GESE disponemos de auditores energéticos homologados con certificación EVO que realizarán un estudio de tu empresa y te ofrecerán las soluciones que mejor se adaptan a tu organización. El coste de las auditorías energéticas que realizamos en GESE siempre es menor que el ahorro obtenido tras la implantación de las soluciones.

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